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lunes, 31 de agosto de 2015

GLOSARIO HIPOTECARIO

Para el más fácil entendimiento y una comprensión que resulte más satisfactoria a la hora de realizar desde un trámite de préstamo hipotecario hasta la posesión de la casa a través de un crédito hipotecario, a continuación presentamos un glosario hipotecario que la CONDUSEF, ha subido en su pagina de internet:

  • AFORO, el monto máximo del crédito expresado en porcentaje, respecto del valor que resulte menor entre el avalúo del bien o bienes dados en garantía y el precio pactado en el contrato de compraventa de tales bienes;
  • CERTIFICADO INDIVIDUAL. Documento que emite una aseguradora con relación a una póliza de seguro que comprende a una colectividad. Está asociado generalmente a un conjunto habitacional. Por ejemplo, seguro colectivo de deudores que firmaron un crédito hipotecario en determinada fecha. Como el contratante es la institución de crédito, que a la vez es el beneficiario de la póliza, la aseguradora emite un documento denominado certificado individual en el que constan las condiciones generales de la póliza y con el que el acreditado demuestra su calidad de asegurado;
  • COMISIÓN POR APERTURA. Pago que se debe efectuar por el hecho de contratar un crédito. Es determinado como un porcentaje del monto del crédito y generalmente se trata de un pago único;
  • COSTO ANUAL TOTAL (CAT). Valor expresado en porcentaje, de la totalidad de costos y gastos en que incurrirá el usuario por la contratación de un crédito con determinada institución. Este costo será mayor a la tasa de interés nominal que cobra el banco o la Sofol, ya que incluye: > Intereses ordinarios; > Comisión por apertura y/o administración; > Primas de seguros; > Cobertura de crédito. No incluye: > Gastos notariales; >Impuestos por adquisición del inmueble o constitución de la garantía; > Costos por trámites y servicios prestados por terceros.
El CAT permite conocer a lo largo del tiempo qué crédito es más o menos caro en condiciones similares;
  • DENOMINACIÓN DEL CRÉDITO. Unidad de valor en la que se otorgará el crédito: pesos, dólares, Unidades de Inversión (UDI’s);
  • ENGANCHE. Desembolso inicial con el que se pretende asegurar una operación de compra-venta. Suele ser una proporción del valor del inmueble que va de un 10 al 35%;
  • ESCRITURACIÓN. poner el inmueble a nombre de quien contrajo el crédito;
  • GASTOS DE AVALÚO. Desembolso previo que debe efectuar el interesado en adquirir un bien inmueble, por concepto de honorarios de un perito valuador, quien determinará el valor físico, rentable y comercial del inmueble;
  • GASTOS DE INVESTIGACIÓN. Importe correspondiente al costo de la investigación de datos generales y de antecedentes crediticios del solicitante;
  • GASTOS NOTARIALES. Importe que se cubre al momento de la firma de la compraventa del inmueble. Incluye los honorarios del notario público que elabora la escritura, impuestos de adquisición, gestoría de certificados y gastos en el Registro Público de la Propiedad. Este importe depende del valor y el lugar donde se localiza el inmueble;
  • MONTO FINANCIABLE. Proporción del valor del inmueble que será financiada por la institución bancaria o Sofol seleccionada;
  • OFERTA VINCULANTE. Es un documento que emite la institución en el que establece los términos y condiciones específicos mediante los cuales se obliga a otorgar al solicitante, por un determinado periodo de tiempo (vigencia de la oferta vinculante), el crédito para la vivienda;
  • OTROS GASTOS. Abarcan, fundamentalmente la contratación del seguro de vida y del seguro de daños durante la vigencia del crédito, lo cual siempre es obligatorio en beneficio suyo y de sus familiares;
  • PENALIZACIÓN POR PAGO ANTICIPADO. Es la comisión que algunas instituciones cobran cuando se realiza anticipadamente el pago de alguna mensualidad o se liquida el crédito en su totalidad;
  • PLAZO. Número de años en los que se pagará el crédito;
  • PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO. Documento en el que constan los derechos y las obligaciones de las partes contratantes. Ésta forma parte integrante del contrato, así como sus condiciones generales, particulares y especiales, el cuestionario médico, los certificados individuales de seguros colectivos, los endosos, las solicitudes y cualquier otro formulario;
  • TASA DE INTERÉS. Costo que tendrá el crédito, expresado en porcentaje;
  • TASA DE INTERES MORATORIA. Cargo aplicado por la institución por concepto de pagos vencidos, esto es, cuando se atrasa en sus pagos. Se expresa en porcentaje;
  • TIPO DE INTERÉS. Fijo, variable o mixto;
  • VALOR DEL INMUEBLE. Se refiere a su precio.

Fuente: CONDUSEF

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