Denise Vergara
El Universal
Para algunos es confuso saber si deberán asistir a la embajada o consulado al momento de realizar algún trámite de visa
Actualmente el proceso de obtención de la visa de Estados Unidos es más ágil debido a que una gran parte de solicitudes es atendida directamente en el Centro de Atención al Solicitante (CAS), sin necesidad de asistir a entrevista al consulado o embajada.
Sin embargo, ¿cómo saber si califico para la exención de entrevista? Existen diversas situaciones que te ubican entre los grupos de personas que no necesitan entrevistarse con un agente consular.
El primero corresponde a aquéllas personas que ya hayan tenido un visa americana anteriormente, y se está realizando un trámite de renovación de la misma categoría. Para que esto sea posible la visa debe estar vigente o haber vencido hace menos de 48 meses. Si la visa anterior fue negada o cancelada, ya se es candidato para la exención.
El tipo de visa que es tomado en cuenta para la renovación y la exención son las tipo BCC, BBBCV, B1/B2, C1/D, F, H1, I, J, L1, M, O, P, R y TN.
El siguiente grupo es el de los solicitantes de 6 años o menos, de nacionalidad mexicana, de ambos padres mexicanos y que al menos uno de ellos tenga una visa válida y vigente.
Siempre hay la posibilidad de que cuando el CAS envíe tu solicitud para aprobación soliciten una entrevista en consulado o embajada, si esto sucede un encargado se contactará contigo para informarte.
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